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Control ejecutivo del Estado de Derecho

Cuando se habla del Estado de Derecho se hace referencia a las normas que rigen un Estado. Este no es solo un término jurídico, ya que tiene implicaciones sociales, políticas y económicas que repercuten de manera positiva o negativa en la sociedad.

El Estado de Derecho propone límites y controles para el gobernante, sin embargo, la norma ya no es suficiente, explicó el abogado Jesús María Casal en el marco de PROPUESTAS VENEZUELA 2016. “La idea del Estado de Derecho es extraña para el régimen de poder establecido”, además de que lo jurídico para el actual gobierno se ha convertido en un instrumento de represión y dominación que favorece la concentración de poderes en el presidente.

Los órganos de control están destinados a influir en la toma de decisiones del ejecutivo, el cual, ya no se rige por lo que los ciudadanos eligieron, figurando más de nombre que de contenido. Hoy, todo depende de lo que diga el poder ejecutivo, aseguró Miguel Mónaco, decano de la Facultad de Derecho. Las consecuencias del poder y su falta de regulación en Venezuela le aseguran más poder al órgano ejecutivo. Acerca de esto, la abogada Úrsula Straka resaltó que:

A más poder tiene el ejecutivo, menos poder tienen los ciudadanos.

La Asamblea Nacional venezolana es un órgano vetado por los organismos de control. No tiene representación y la sala constitucional se empeña en su deslegitimación, según arguyó la jurista Cecilia Sosa, advirtiendo la necesidad de asociar el ejercicio del derecho con los valores y principios, desarrollar mediciones del conocimiento del derecho y de dignificar la constitución.

Si no estás para satisfacer el derecho, no estás para servir en el ámbito constitucional.

En la foto de izquierda a derecha: la jurista Cecilia Sosa, el curador Eduardo Planchart, los abogados Úrusula Straka, Jesús María Casal y Carlos Lusverti

♦ Katherine González

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