El Centro de Derechos Humanos de la universidad instó a los países receptores de connacionales a suspender deportaciones, conceder regulación migratoria temporal y reconocer pasaportes vencidos. Asimismo, pidió al Gobierno nacional exonerar el costo de trámites consulares a quienes deseen regresar
Un conjunto de peticiones para proteger a los migrantes venezolanos hizo el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB), a propósito de los terremotos que sacudieron al país.
En un documento difundido el martes 7 de julio, el CDH-UCAB destacó que los sismos «constituyen un desastre socionatural de dimensiones sin precedentes», cuyo impacto ha destruido infraestructura vital y ha dejado a miles de familias damnificadas.
Advirtió que «ya han comenzado a registrarse innumerables desplazamientos internos y es de esperar que se produzcan también movimientos migratorios transfronterizos».
Frente a eso, el Centro recordó las obligaciones de protección vigentes bajo el derecho internacional y las «buenas prácticas» asociadas que pueden adoptar, tanto los países receptores como el propio el Estado venezolano.
(LEER TAMBIÉN: GUÍA JURÍDICA PARA PROTEGER A NIÑOS Y ADOLESCENTES QUE QUEDARON SOLOS TRAS LOS SISMOS)
Suspensión de deportaciones y regularización migratoria temporal
La organización ucabista enfatizó la ilegalidad de las devoluciones forzosas, advirtiendo que «el traslado forzado o deportación de personas a un lugar en el que existe el riesgo de que sufran persecución, tortura u otros daños graves o irreparables equivaldría a una ‘devolución’, que está explícitamente prohibida por el derecho internacional de los refugiados y de los derechos humanos», se lee en el texto.
Invocando los precedentes regionales tras desastres como el huracán Mitch en Centroamérica (1998) y los terremotos de El Salvador (2001) y Haití (2010), el CDH-UCAB exhortó a las naciones receptoras de migrantes venezolanos a adoptar varias medidas:
Cancelación definitiva o suspensión, por al menos seis meses, de las deportaciones o retornos coercitivos. Esta medida debe amparar incluso a quienes vieron sus solicitudes de asilo rechazadas antes de los sismos, sostiene el Centro, ya que «las nuevas circunstancias en Venezuela ahora podrían justificar que tengan nuevos motivos para solicitar asilo y llegar a ser reconocidos como refugiados sur place«.
Concesión de estatus de protección. El CDH apuntó que, en contextos de desastres naturales, el derecho internacional de los derechos humanos obliga a los Estados a proteger y preservar el derecho a la vida y la dignidad humana de las víctimas.
En este sentido, instó a «seguir las ‘Consideraciones jurídicas sobre las solicitudes de protección internacional en el contexto de los efectos adversos del cambio climático y los desastres del ACNUR’ y, en particular, aplicar la definición regional de refugiado para otorgar protección, cuando proceda».
Flexibilización migratoria. La unidad de la UCAB pidió implementar mecanismos expeditos de regularización temporal, modalidades de reunificación familiar por patrocinio, permisos humanitarios (parole) y, de forma específica en Colombia, restablecer el «Estatuto Temporal de Protección (ETPV)».
También llamó al «reconocimiento de pasaportes y otros documentos vencidos como prueba de identidad».
Servicios consulares y facilidades para el retorno
El Centro de Derechos Humanos de la UCAB también indicó que el Estado venezolano debe cumplir responsabilidades urgentes para proteger a sus connacionales en el exterior en este momento de vulnerabilidad extrema.
Le exigió restablecer de manera plena la atención en las misiones diplomáticas de Venezuela en el extranjero, incluso en aquellos países con cuyos gobiernos mantiene diferencias políticas. «Los ciudadanos no tienen por qué cargar con las consecuencias de las diferencias políticas entre sus gobernantes y tanto los venezolanos en el exterior como los migrantes en Venezuela necesitan más que nunca el apoyo de sus servicios consulares para la realización de diferentes trámites», señaló.
Asimismo, pidió la eliminación de trabas económicas asociadas a trámites para el regreso al país.
«(Se debe) exonerar el pago del salvoconducto consular por razones humanitarias y facilitar su trámite a ciudadanos que se encuentran en países sin servicios consulares A ningún ciudadano venezolano se le debe condicionar el retorno a su país mediante la imposición de un pago de un trámite, pues se trata de un condicionamiento inconstitucional que debe ser eliminado», apunta el texto.
El pronunciamiento del Centro de Derechos Humanos de la UCAB está disponible en este enlace: https://cdh.ucab.edu.ve/3636-2/
♦Texto: Comunicaciones UCAB/Fotos: Manuel Sardá (apertura); Reuters (zona terremoto) y El Diario (pasaportes)
(LEER TAMBIÉN: BRIGADISTAS DE LA UCAB ORIENTAN A COMUNIDADES SOBRE ACTUACIÓN EN EMERGENCIAS)






