El académico Rafael Badell Madrid, autor de un libro recién publicado por la UCAB sobre la controversia por el Esequibo, aseguró que «Venezuela tiene numerosas pruebas que demuestran que el Laudo Arbitral de París es nulo» y que hay documentos que sustentan ampliamente los derechos soberanos del Estado venezolano sobre el territorio en reclamación desde 1899. El decano de Derecho, Jesús María Casal, reiteró el compromiso de la universidad para ayudar a que el país haga más sólida su defensa en la Corte Internacional de Justicia
La Facultad de Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello presentó, en el marco de un coloquio con especialistas y estudiantes, el libro Corte Internacional de Justicia. Caso 171: Guayana vs. Venezuela, escrito por el doctor Rafael Badell Madrid, individuo de número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y profesor de esta universidad.
En una hora de exposición, Badell resumió la esencia de las 200 páginas del volumen –editado por abediciones– que compila qué es la Corte Internacional de Justicia, cómo funciona, la cronología del proceso, los alegatos que las partes han presentado en el caso Venezuela vs. Guyana, los documentos que se pueden consignar, el curso actual del caso, los posibles desenlaces y qué se debería hacer, según cuál sea el fallo, que estima puede tomar hasta tres años.
El libro responde a la línea de trabajo sobre la Corte Internacional de Justicia que desarrolla el Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ-UCAB), que dirige César Carballo Mena.
Durante la actividad, el decano de la Facultad de Derecho, Jesús María Casal, recordó la inquietud del rector de la UCAB, Arturo Peraza, S.J., para producir un documento que recopile las claves de la controversia fronteriza que involucra casi 160.000 kilómetros cuadrados de territorio, así como la necesidad de reivindicar el papel importante que jugaron los sacerdotes jesuitas Hermann González Oropeza y Pablo Ojer, (investigadores de la universidad) quienes recopilaron en el Reino Unido documentos que ayudaron a sustentar la reclamación hecha por el Estado venezolano ante la ONU, a mediados del siglo pasado.
Precisó que la tarea se le asignó a Badell, en noviembre de 2023, pues este académico ha trabajado el caso detalladamente durante los últimos tres años, así como los múltiples argumentos que favorecen el reclamo nacional sobre el Esequibo.
Casal insistió en el compromiso institucional de la universidad para ayudar a que Venezuela haga más sólida su defensa en la CIJ. «En la UCAB vemos esta causa como una causa nacional», afirmó.
«La frontera siempre fue el río Esequibo»
En marzo de 2018, Guyana solicitó a la CIJ iniciar un proceso contra Venezuela, pidiéndole que confirmara la validez jurídica y vinculante del «Laudo sobre el Límite entre la Colonia de la Guayana Británica y los Estados Unidos de Venezuela», del 3 de octubre de 1899. El 6 de abril de 2023, la CIJ determinó que tiene competencia para examinar el caso.
No obstante que la posición de Venezuela ha sido desconocer la competencia de la CIJ en la disputa, el pasado 8 de abril, la vicepresidenta ejecutiva Delcy Rodríguez informó en redes sociales que el Estado venezolano consignó en la CIJ documentos «con las bases históricas y actuales» sobre el reclamo de su soberanía sobre el Esequibo.
Los profesores participantes en el coloquio en la UCAB dejaron claro que desconocían los recientes argumentos oficiales, pero expresaron que suponían que parte de lo alegado tiene que ver con la presentación de títulos históricos.
Rafael Badell explicó que ya en el reclamo que Venezuela presentó en la ONU el siglo pasado y que dio origen al Acuerdo de Ginebra, se detallaron los títulos históricos que datan desde la colonia española y que demostraban que el Reino Unido siempre reconoció que la frontera era el río Esequibo, y ese país no presentó entonces documentos que refutaran la posición venezolana de tener soberanía plena en la zona en reclamación.
También señaló Badell que, como profesor en una Facultad de Derecho, aboga por la solución pacífica de las controversias, como lo estipula el artículo 33 de la Carta de la ONU . Ante inquietudes y preguntas de los estudiantes, aclaró que en este caso «no hay soluciones A o B», pues es tal la cantidad de territorio involucrada que habrá que pensar «en soluciones intermedias» que incluyen negociar.
Sí fue enfático en afirmar que «Venezuela tiene numerosas pruebas que demuestran que el Laudo Arbitral de París (1899) es nulo” y que “el único argumento de Guyana es falso. Y eso también se puede demostrar en la Corte Internacional de Justicia».
«El estudio de los mapas es un asunto fundamental (…) todos aspiramos a que Venezuela haya llevado a la Corte Internacional de Justicia (el 8 de abril) un conjunto de mapas que favorecen de manera extraordinaria la posición de nuestro país», abundó Badell.
Explicó que el estudio de los mapas contempla tres etapas históricas: desde el primer mapa de Juan de la Cosa (1500) que registra los primeros títulos españoles en la región; desde la creación de la Capitanía General de Venezuela en 1777 a 1810; y la etapa republicana, a partir de 1811 hasta el presente.
«Un laudo nulo e inexistente»
Badell Madrid insistió en recordar la denuncia de Venezuela sobre la forma fraudulenta como se aprobó el Laudo Arbitral de París de 1899. «Fue conseguido por extorsión, fue un compromiso político (…) los jueces no se cercioraron de lo que había producido Venezuela ni de lo que no había producido el Reino Unido, y nunca se supo de dónde salieron los títulos para otorgar a la República Federativa de Guyana 160.000 kilómetros cuadrados».
Precisó que en 1899 el Reino Unido poseía solo 32.000 kilómetros cuadrados de territorio obtenidos de Holanda, pero que «a través de mapas tratados unilateralmente» se convirtieron en 160.000 kilómetros y «esa es la clave de la reclamación» vigente, subrayó.
«El Laudo de París es nulo de forma absoluta y por tal razón no tiene carácter definitivo, no goza de los beneficios de la cosa juzgada y se considera un acto jurídicamente inexistente. Es nulo porque fue dictado en contra del Tratado Arbitral de Washington (1897), es nulo porque fue dictado en contra de los principios generales del derecho internacional vigentes para el momento en que se dictó, es nulo porque fue dictado violando el debido proceso, es nulo porque fue dictado en exceso de poder, es nulo porque es totalmente inmotivado y es nulo porque está comprobada la falta de imparcialidad. Ese es el asunto que tiene que demostrar Venezuela en la Corte Internacional de Justicia y ese es el estado procesal en el que se encuentra el juicio y es la razón por la cual el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UCAB se propuso realizar un estudio sobre la Corte Internacional de Justicia, sobre sus aspectos procesales y sobre las defensas que puede Venezuela llevar a esa instancia», enumeró Badell durante su exposición, que duró una hora.
En la actividad académica tuvieron papel destacado el profesor Adalberto Urbina Briceño, jefe de la cátedra Derecho Internacional Público, así como alumnos de su clase.
Una de las preguntas tuvo que ver con la autorización que Guyana ha dado a empresas transnacionales para la explotación de recursos naturales en la zona en disputa.
Sobre esto, Badell dijo que la CIJ ya ha indicado que «las partes deben abstenerse de cualquier acto que agrave la controversia« y que Venezuela puede solicitar a ese tribunal una medida cautelar que suspenda esas licencias.
♦Texto: Elvia Gómez/Fotos: Manuel Sardá