El pasado mes de agosto, el gobierno venezolano decidió declarar en Estado de Excepción a los municipios Bolívar, Pedro María Ureña, Junín, Capacho Nuevo, Capacho viejo y Rafael Urdaneta del estado Táchira, según establece el decreto N°6194 de la Gaceta Oficial el 21 de agosto,  situación que llevó a la deportación y movilización de ciudadanos colombianos que residían en dichas zonas.

Un sinnúmero de familias fueron separadas y más de un colombiano perdió su hogar, además,  las circunstancias han llevado a que venezolanos se hayan visto en la necesidad de cruzar la frontera para reunirse con sus allegados.

Las razones expuestas en Gaceta Oficial destacan que en los municipios aledaños a la frontera se vivía una situación delictiva y violenta con presencia de paramilitarismo, narcotráfico, contrabando de extracción, conductas para alterar el orden público y la interrupción de los bienes y servicios destinados al pueblo venezolano.

LA FRONTERA

Según cifras del informe de situación, del 3 de septiembre, de la Oficina para la Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas, unos 15.174 colombianos han retornado a su país y 1.355 personas han sido deportadas. Además, 3.429 personas se encuentran ubicadas en albergues en Cúcuta y Villa del Rosario, Colombia.

Actualmente, la situación que se vive en la frontera, según explica Carla Casanova, encargada de comunicaciones del Servicio Jesuita a Refugiados (SJR), se resume en familias mixtas (venezolanos y colombianos) que han tenido que separarse, la mayoría de estás necesita con urgencia asesoría legal y psicológica por su origen y el miedo a perder sus hogares. Desde que empezaron las deportaciones cientos de familias colombianas decidieron retornar a través de las trochas y después por el “paso para retornos voluntarios”.

Los hogares de algunas de estas familias colombianas fueron demolidos y otras casas marcadas con la letra “D” de demoler y “R” de revisada

“Los habitantes fronterizos se componen por colombianos migrantes económicos, personas con necesidad de protección internacional y personas en necesidad de refugio”, explica Casanova.

Las familias que poseen su Documento Provisional Vigente, que otorga la Comisión Nacional para los Refugiados, no pueden ser deportados, mientras que aquellos que no hayan accedido al procedimiento de solicitud de refugio o al proceso migratorio de regularización ante el Saime y que poseen solo cédula o pasaporte colombianos, están siendo deportados por su condición migratoria irregular.

No obstante, tanto el SJR como organizaciones no gubernamentales y agencias de ayuda humanitaria —el Alto Comisionado de las Naciones Unidas, la organización judía HIAS, el Consejo Noruego, el Servicio Jesuita a Refugiados de Colombia, la Organización Internacional para las Migraciones, el Comité Internacional de la Cruz Roja— están contribuyendo con presencia y trabajo en el ámbito psicosocial, jurídico y de asistencia humanitaria.

Katherine González

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